Legislación ultramarina, concordada y anotada por J. Rodríguez San Pedro, Volume 2

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Joaquín Rodríguez San Pedro
1865

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Popular passages

Page 265 - Tacna de la junta directiva y funcionarán durante cuarenta días consecutivos, desde las diez de la mañana hasta las cuatro de la tarde.
Page 416 - Cuando nos fueron concedidas por la Santa Sede Apostólica las Islas y Tierra Firme del Mar Océano, descubiertas y por descubrir, nuestra principal intención fue al tiempo que lo suplicamos al papa Alejandro VI, de buena memoria, que nos hizo la dicha concesión, de procurar inducir y traer los pueblos de ellas, y los convertir a nuestra santa fe católica...
Page 390 - Quienes después de haberse comunicado sus Plenos Poderes y de haberlos hallado en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes: Artículo I.
Page 374 - Virrey, Gobernador y Capitán General de las Provincias de la Nueva España, y Presidente de mi real Audiencia que reside en la ciudad de México.
Page 508 - No elijan sitios para poblar en lugares muy altos, por la molestia de los vientos y dificultad del servicio y acarreo, ni en lugares muy bajos, porque suelen ser enfermos...
Page 395 - Gobierno de la República de Panamá, a Philippe Bunau-Varilla, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de la República de Panamá, especialmente facultado para tal objeto por ese Gobierno, quienes después de haberse comunicado...
Page 398 - El autor de cualquier obra publicada en una de las dos naciones que se reserve el derecho de traducción, gozará por el término de cinco años, contados desde la fecha en que se haga la primera publicación de la traducción de su obra autorizada por él, del privilegio de protección contra la publicación en el otro país de cualquier traducción de su obra que el autor no haya autorizado, con las condiciones siguientes: i.
Page 508 - En la Costa del Mar sea el sitio levantado, sano, y fuerte, teniendo consideración al abrigo, fondo y defensa del Puerto, y si fuere posible no tenga el Mar al Mediodía, ni Poniente...
Page 398 - Las estipulaciones de los artículos que preceden, serán igualmente aplicables á la representación de obras dramáticas y á la ejecución de composiciones musicales, en tanto que las leyes de cada uno de los dos países sean ó lleguen á ser aplicables en este punto á las obras dramáticas y musicales representadas ó ejecutadas públicamente por primera vez en ellos.
Page 510 - En lugares fríos sean las calles anchas, y en los calientes angostas: y donde hubiere caballos convendrá, que para defenderse en las ocasiones sean anchas, y se dilaten en la forma susodicha, procurando que no lleguen a dar en ningún inconveniente, que sea causa de afear lo reedificado, y perjudique a su defensa y comodidad.

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