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versias relativas á las sesiones. Si estos jueces no deciden en juicio sumario y económico, como se dice, todas las quejas relativas al órden de la sesion, y por casualidad se elevan á los Padres reunidos, estos las someterán á la autoridad de la Congregacion general.

VI.

De los oficiales del Concilio.

Como es de gran importancia designar ministros y oficiales necesarios y aptos, segun la tradicion y disciplina conciliar, y debiendo hacerse todo en este Sínodo conforme á las reglas, Nos, atendiendo á especies de ministerios, elegimos y nombramos:

1. Guardias generales del Concilio, á nuestros queridos hijos Juan Colonna y Domingo Orsini, príncipes romanos asistentes á nuestro Trono pontificio.

2. Secretario del Concilio, á nuestro venerable Hermano José, Obispo de San Hipólito, al cual adjuntamos con el cargo y título de subsecretario á nuestro querido hijo Luis Jacobini, protonotario apostólico, y en calidad de coadjutores á nuestros queridos hijos los canónigos Camilo Santori y Angel Jacobini.

3. Notarios del Concilio, á nuestros queridos hijos Lúcas Pacifici, Luis Colombo, Juan Simeoni, Luis Pericoli y Domingo Bartolini, á los cuales adjuntamos nuestros queridos hijos Salvador Pallotini y Francisco Santi, abogados, que prestarán su ayuda á los notarios.

4. Escrutadores, á nuestros queridos hijos Luis Serafini y Francisco Nardi, auditores apostólicos; Luis Pellegrini y Leonardo Dialti, clérigos de la Cámara apostólica ; Cárlos Cristofori y Alejandro Montani, votantes en la signatura de Justicia; Federico de Falloux

du Coudray, regente de nuestra Cancelaría Apostólica, y Lorenzo Nina, observador del Parque mayor.

Estos ocho escrutadores recogerán los votos de la manera siguiente: cuatro recorrerán la parte izquierda de la Sala conciliar, yendo de dos en dos, acompañados de dos notarios; los otros cuatro harán lo mismo en la parte derecha.

5. Promotores del Concilio, á nuestros queridos hijos Juan Bautista de Dominicis-Tosti, y Felipe Rolli, abogado del Sacro Consistorio.

6. Maestros de ceremonias del Concilio, á nuestros queridos hijos Luis Ferrari, prefecto de nuestra Casa, Pio Martinucci, Camilo Baleatra, Remigio Ricci, José Romagnole, Pedro José Rinaldi Rucci, Antonio Cataldi, Alejandro Tortoli, Agustin Accoramboni, Luis Simistri, Francisco Riggi, Antonio Gattoni, Baltasar Barcineti, César Toqui, Roque Marce, maestros de ceremonias.

7. Designadores de lugares (asientos), á nuestros queridos hijos Enrique Foldu, prefecto, Luis Naselli, Edmundo Honor, Pablo Bastida, Luis Pallotti, nuestros camareros secretos, y á nuestros hijos Scipion Perilli, Gustavo Gallot, Francisco Regnani, Nicolás Wrsk y Felipe Silvestri, nuestros camareros honorarios.

VII.

De las Congregaciones generales de los Padres.

Llegando ahora á lo que se refiere al órden de las Congregaciones generales, hemos dispuesto y decidido cinco de nuestros venerables Hermanos Cardenales de la Santa Iglesia romana presidan en nuestro nombre y con nuestra autoridad las mismas Congregaciones de

que

los Padres que precedan á las sesiones públicas; y en consecuencia, elegimos y nombramos á nuestro venerable Hermano Cárlos de Reisach, Cardenal de la Santa Iglesia romana, Obispo de Sabina; á nuestros queridos. hijos los Cardenales del Órden de presbíteros Antonio de Luca, del título de los Cuatro Santos Coronados; José Andrés Bizarri, del título de San Gerónimo de los Ilirios; Luis Bilio, del título de San Lorenzo in Paciosperna, y á nuestro querido hijo el Cardenal del Orden de diáconos, Anníbal Capalti.

Estos presidentes, ademas de lo relativo á la direccion de las Congregaciones, tendrán cuidado de que en los asuntos de que se trate se principie por los que se refieran á la fe; pudiendo despues, segun juzguen oportuno, consultar sobre las cuestiones de fe ó de disciplina.

lo

Pero como desde la época en que publicamos las Letras Apostólicas de indiccion hemos llamado á Roma teólogos y jurisconsultos eclesiásticos de diversas partes del universo, á fin de que preparen con otros de esta ciudad y hombres consumados en las mismas ciencias que tienda al objeto de este Sínodo, y faciliten á los Padres el exámen de todas las cosas, queremos y mandamos que los proyectos de decretos y de cánones escritos y redactados por estos hombres, y que nos reservemos sin haberles dado nuestra aprobacion al conocimiento de los Padres, sean sometidos al exámen y juicio de los mismos Padres reunidos en Congregacion general.

que

Por eso los presidentes mencionados cuidarán de las proposiciones de decretos y de cánones que deban tratarse en dicha Congregacion sean impresas y repartidas, con algunos dias de anticipacion, á cada uno de los Padres, para que estos, en este intervalo de tiempo,

TOMO III.

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los examinen cuidadosamente en todas sus partes, y reflexionen con madurez sobre la decision que se deba dar. Si alguno de los Padres quiere hablar en el seno de la Congregacion sobre el artículo propuesto, será necesario, para guardar entre los oradores un órden conveniente á la dignidad de cada uno, que el orador haga conocer al presidente, por lo menos la víspera de la sesion, su intencion de hablar. Despues de haber oido los discursos de los Padres, si otros quieren ademas discutir en la sesion, podrán hacerlo, despues de haber obtenido el permiso del presidente, y observando el órden que reclama la dignidad de los oradores.

Si la proposicion examinada en la Congregacion no presenta dificultad alguna, ó solo dificultades leves y fáciles de resolver en las sesiones, entonces nada impedirá que sin perder tiempo sean redactadas las dudas y se establezca la fórmula del decreto ó del cánon conciliar de que se trate, segun el voto de los Padres. Si, por el contrario, la proposicion hace surgir dificultades, de tal suerte que se hayan espresado pareceres opuestos y no haya medio de acuerdo en la sesion, se recurrirá al sistema que dejamos establecido para arreglar estos asuntos de una manera permanente y conveniente. Queremos que desde el principio mismo del Concilio se instituyan cuatro Congregaciones ó diputaciones de Padres, especiales y distintas, la primera de las cuales estudiará durante todo el tiempo del Concilio las cosas que se refieran á la fe; la segunda, las cuestiones de disciplina eclesiástica; la tercera, de las referentes á las Ordenes religiosas; la cuarta, de los asuntos del rito oriental. Cada una de estas Congregaciones se compondrá de veinticinco Padres, elegidos por los PP. del Concilio en escrutinio secreto.

Al frente de cada una de estas Congregaciones ó diputaciones habrá uno de nuestros Venerables Hermanos los Cardenales de la santa Iglesia romana nombrado por Nos, que llamará para consulta de la Congregacion uno ó varios teólogos ó canonistas del Concilio, y entre ellos designará á uno para secretario de dicha Congregacion. Si sucediera, como hemos dicho mas arriba, que una cuestion dada con motivo de una proposicion presentada no pudiera terminarse en la Congregacion general, entonces los Cardenales presidentes de esta Congregacion cuidarán de que la proposicion de que se trate, con las dificultades á que haya dado lugar, sea sometida al exámen de la Congregacion particular de cuya competencia sea por razon de las materias asignadas á cada una de ellas. Cuando esta Congregacion haya deliberado, su informe impreso se distribuirá á los PP. del Concilio segun el órden prescrito por Nos, á fin de que en la próxima Congregacion general, si no se presentan nuevos obstáculos, se establezca la fórmula del decreto ó del cánon, despues de haber dado su voto los Padres. Pero los Padres espresarán su voto verbalmente, de manera que tengan entera libertad de pronunciarlos hasta leyéndolos.

VIII.

De las sesiones públicas.

La celebracion de sesiones públicas exige que Nos cuidemos de arreglar metódica y convenientemente sus operaciones y sus actos. Por eso en toda sesion pública, sentados los Padres segun su dignidad, cada uno en su lugar, y cumplidas las ceremonias contenidas en la ins

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